martes, 6 de febrero de 2018

INE y TRIFE determinará quién será el candidato/a a diputado/a federal de MORENA: Pantoja de la Cruz

****La Comisión Nacional de Elecciones, afecta el principio de certeza jurídica de los precandidatos en el momento de la asignacion a candidata

****Se violentan los derechos de Carlos Asdrubal, de lo que especifica la Ley General de Partidos Políticos y del Instituto Nacional Electoral, en la prohíbe que la Coalición designe por genero a una candidata mujer perdedora

Redacción: centraldenoticiasmx.blogspot.com/

Poza Rica, Veracruz.- A través de un comunicado de prensa; el licenciado Carlos Asdrúbal Pantoja de la cruz, Precandidato de Morena a la Diputación Federal por el Principio de Mayoría Relativa del V Distrito Electoral de Poza Rica de Hidalgo Veracruz.

Describe; con la finalidad de garantizar los principios constitucionales de certeza y legalidad jurídica respecto del método de selección de candidatos que utilizo el partido político Morena, así como, para garantizar los principios constitucionales, convencionales y reglamentarios de paridad horizontal, impugnare ante la comisión nacional de elecciones y la comisión nacional de procesos internos, el  DICTAMEN SOBRE EL PROCESO INTERNO DE SELECCIÓN DE PRECANDIDATOS/AS A DIPUTADOS/AS FEDERALES POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA PARA EL PROCESO ELECTORAL 2017 – 2018, publicado este 05 de febrero de 2018, en la página oficial de mi partido a propósito del día de la Constitución Mexicana.

Lo anterior, en virtud de que el Dictamen si bien es cierto, justifica contar con las facultades y atribuciones legales para la selección de perfiles de candidatos/as, también lo es, que es omiso en manifestar los lineamientos y métodos bajo los cuales, se seleccionaron estos perfiles, únicamente refieren contar con dichas facultades y atribuciones, lo que afecta el principio de certeza jurídica de los precandidatos.

Por otra parte, paralelo a la convocatoria que establece el procedimiento para participar en dichos cargos de elección popular, se estableció de manera tendenciosa  un proceso paralelo de selección de coordinadores/as distritales que genero confusión entre la militancia y simpatizantes del partido y le proporciono una ventaja indebida por sobre el resto de los precandidatos/as, pues aquellos que se vieron favorecidos con dicha designación e incluso fueron impulsados en distintos actos públicos, ahora resulta que son los mismos que resultaron ser los candidatos, lo que atenta contra el principio de legalidad.

Finalmente, y no menos importante, impugnare, porque para este distrito electoral federal La Comisión Nacional de Elecciones determina asignarle la candidatura a una mujer, lo que de suyo no es malo, sin embargo, atendiendo a la regla del artículo 3º párrafo quinto de la Ley General de Partidos Políticos y en razón del procedimiento para la asignación de candidaturas de los diputados federales que establece el artículo 282 párrafo 3 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, existe una prohibición legal para que la coalición designe por genero una candidata mujer en el Quinto Distrito Electoral de Veracruz con cabecera en Poza Rica de Hidalgo.

Detalla; por razón de que la elección inmediata anterior a las que nos ocupa (proceso electoral federal 2014-2015) ya participó el género femenino representado por la que hoy coordinadora y candidata Raquel Bonilla Herrera, quien en aquella ocasión obtuvo una baja participación electoral quedando rezagada en tercer lugar con 11,190 votos, es decir, el 10.56% (por ciento) de la votación total efectiva que fue de 105,981 votos en este distrito, con una diferencia del 22.63% entre el primer lugar y el que obtuvo la ex - candidata lo que representa más de veinte mil votos a superar por aquella, por ello, la paridad horizontal no se cumple y seguramente el INE y/o el TRIFE al revisar estos datos y apegarse al procedimiento que establece su reglamento interno y a sus criterios de respeto al principio antes citado, hallara que se actualiza una prohibición para mi partido de postular género femenino en este distrito federal electoral, que de no variar el género se estaría violentado la equidad horizontal, porque se estaría designando una candidata en un distrito con muy escasas probabilidades de ganar, máxime que se trata de la misma mujer, y que la diferencia en porcentaje entre el primer y tercer lugar obtenido en su participación anterior es mucha, sin que para ello cuente la pasada elección de 2016-2017 para la renovación de ayuntamientos, pues dicha elección no será tomada en cuenta por el INE, en razón a que el referente legal de la prohibición es el proceso federal anterior y no el local, ya que la ley nos remite a que se consideren la votación de la pasada elección federal próxima y no la local próxima.

La Comisión Nacional de Elecciones, violenta derechos políticos de Carlos Asdrúbal Pantoja en la asignación de la candidatura a la diputación federal del distrito V de Poza Rica

https://centraldenoticiasmx.blogspot.com/2018/02/ine-y-trife-determinara-quien-sera-el.html